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Central de Mayoreo -CENMA-
Ante protestas y peticiones hechas por un grupo de inquilinos
 
Un ambiente seguro y limpio.
Ciudad de Guatemala, 6 de marzo de 2008/ La Municipalidad de Guatemala, ante las acciones de protesta y peticiones hechas por un grupo de inquilinos de la Central de Mayoreo –CENMA- informa lo siguiente:

 

Debido a bloqueos ocasionados por un grupo de inquilinos del CENMA, quienes en su protesta plantean argumentos tergiversados y hacen algunas peticiones:

  1. Argumentan la implementación de “aumentos desmedidos del valor de alquiler de los locales”.  FALSO.  La tasa que se paga por concepto de piso de plaza continúa siendo de 50 centavos de quetzal por metro cuadrado diario, igual que en todos los mercados.  La cuota de mantenimiento, 30 centavos de quetzal por metro cuadrado diario, está contenida en el Reglamento de la Central de Mayoreo –CENMA-, aprobado desde el año 2000.

 

  1. Denuncian una negativa para permitir el uso de “los patios de los locales para que se coloque la carga que viene para venderse”  FALSO.  Los galp
  2. ones no tienen patios.  Los espacios frente a los galpones son para estacionamiento.
  3. Aducen que a los vendedores de comida “no se les permite salir a ofrecer su comida a los locales”.  FALSO.  Ellos pueden ofrecer su producto, siempre y cuando no sea con carretas que dificultan la movilidad en los galpones, por lo que se permite que salgan a ofrecer su comida en azafates.
  4. Afirman que “a los carreteros se les puso a zanjear los arriates centrales” como requisito para obtener autorización para trabajar.  FALSO.  Los carreteros querían pagar una cuota para obtener su autorización, cobro que no se puede hacer, por lo que voluntariamente jardinizaron los arriates.
  5. Aducen que a los vendedores de cebolla “no se les permite sacar su producto y se les puso un horario especial”.  Como parte de un proceso de mejoras en las condiciones de operación de las áreas del CENMA, de mutuo acuerdo se estableció un horario para el movimiento de este producto, lo cual consta en acta de dicha reunión.
  6. Afirman que se ha anunciado un cobro a las personas que lleguen a comprar y vender productos al CENMA.  FALSO.  No se ha hecho tal anuncio, este es un argumento más de manipulación.
  7. Argumentan no estar de acuerdo con el cobro que se hace a fleteros y taxistas sin tener un lugar asignado.  El pago por el permiso de operación de fleteros y taxistas en las instalaciones del CENMA está vigente desde que inició la operación de este centro de abastecimiento.  No se puede asignar un lugar exclusivo para estos vehículos, lo cual ha sido informado a los interesados.
  8. Cuestionan el lugar asignado para la “descarga” de los camiones hondureños y salvadoreños, por considerarlo un lugar de  peligro para las personas y productos, al final de los galpones 18 y 19.  FALSO.  Para empezar, los camiones de esta procedencia NO descargan en el CENMA, pues ellos vienen a adquirir productos, por lo que CARGAN y están de acuerdo con contar con un lugar especifico para hacerlo, pues de esa manera evitan circular de puesto en puesto para cada producto. 
  9. Señalan que el reglamento del CENMA fue hecho arbitrariamente.  FALSO.  El Reglamento del CENMA está vigente desde el año 2002, y la implementación de lo contenido en él, ha sido consensuada con los inquilinos, quienes, como consta en actas levantadas, han estado de acuerdo con la implementación de estas medidas por ser para su propio beneficio.

 

De las peticiones específicas que hacen:

1. Diálogo directo con el Alcalde Arzú.

 

a. Se ha recibido su pliego de peticiones para analizarlas, sin dejar  a un lado el objetivo de mantener el CENMA ordenado, limpio, controlado, ya que estas son las características que lo mantienen atractivo a los compradores, lo cual beneficia a los mismos inquilinos.


2. Destitución de funcionarios municipales en el CENMA y de la “Junta Directiva de Abastos del CENMA”.

 

a. No existe tal junta directiva. Los funcionarios municipales del CENMA han demostrado llevar un buen desempeño y trabajo en conjunto con los inquilinos, prueba de ello son las mejoras implementadas, beneficio directo para la actividad económica de los inquilinos del CENMA y de sus clientes.

3. Solución al cobro que se hace a cuatro inquilinos del galpón 0.

 

a. Esta situación está en análisis, ya que se han encontrado algunas anomalías. Se busca ayudar a estos cuatro inquilinos, quienes nunca han tomado posesión de dichos puestos.

4. No aumentar el cobro de alquiler de locales y bodegas.

 

a. NO ha habido aumento alguno.

5. Utilizar las pilas o lavaderos de papa.

 

a. Se llegó a acuerdos con los encargados y usuarios del lavadero de papa, lo cual consta en actas, para asignarles un área dentro del galpón 0, donde ellos construirían su pila, evitando así realizar estas tareas a la intemperie, ocasionando problemas de higiene y salud, debiendo contar con instalación de agua, lo cual ya está hecho.

6. Dar trámite a escritos hechos al Alcalde Arzú.

 

a. Se ha atendido los documentos presentados, siendo el último del día 11 de febrero, recibido en la Municipalidad de Guatemala el 18 de febrero, en el cual ellos confirman estar de acuerdo en los pagos de la cuota de mantenimiento, entre otros.

7. Autorizar la construcción de puestos en el galpón 2, argumentando ser víctimas de robos.

 

a. Todos los galpones tienen las mismas condiciones, para ello, tienen que estar de acuerdo TODOS los inquilinos de dicho galpón. Además, la cuota de mantenimiento tiene contemplado invertir también en mejoras de seguridad en general del CENMA.

8. Agilizar traspasos de los titulares de los locales.

 

a. Los traspasos están prohibidos según el Reglamento del CENMA; sin embargo, se está elaborando la propuesta que se presentará al Concejo Municipal para la modificación del Reglamento y permitir así autorizar los traspasos, pues de esa manera se tendría la información real y actualizada de quienes operan en el CENMA.

9. Hacer un nuevo reglamento en consenso con los inquilinos de locales y bodegas, creando beneficios y obligaciones a ambas partes.

 

a. El Reglamento del CENMA existe desde el año 2000, previo al inicio de operaciones del CENMA, por lo que se contaba con la anuencia de las personas que se trasladaron, quienes debían estar de acuerdo a operar bajo las normas establecidas para este centro de abastos.

10. Realizar contratos con tiempo indefinido y no como aducen que pretende realizar el administrador del CENMA.

 

a. Es FALSO que el administrador del CENMA quiera realizar los contratos a su gusto, pues los mismos se realizan con un plazo de 3 años, tal como lo establece el Reglamento del CENMA.

 

Es necesario hacer ver que aún cuando el señor Carlos Gerardo Pozuelos Morales, quien firma las peticiones como “Presidente del Comité de Emergencia” del CENMA, no es siquiera inquilino del CENMA, por lo que deja dudas sobre la certeza de su representación. 

 

Es importante tomar en cuenta que por cada inquilino que está actualmente en el CENMA, la Municipalidad de Guatemala tiene en lista de espera a 20 personas que están interesadas en obtener un espacio allí, por lo que, quien no esté de acuerdo con las normas que establece el Reglamento del CENMA para beneficio de los inquilinos de dicho centro de abasto, puede optar por dejar el espacio a alguien que lo desea y está dispuesto a respetar lo establecido en dicho Reglamento, pues de esa manera se da la oportunidad a otros comerciantes que están dispuestos a buscar el bien común.


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